EL LADO OSCURO DE LA DEMOCRACIA NEO LIBERAL: EL GENOCIDIO DE LA DIGNIDAD HUMANA. Por Ana Jaramillo

 

Parafraseando a Michael Mann[1] que busca especificar el genocidio definiendo y especificando el clasicidio, el politicidio y el etnocidio para caracterizar situaciones históricamente determinadas, nos referiremos a los actuales daños a clases sociales populares o a los pobres, a los mestizos llamados despectivamente cabecitas negras, a  los feminicidios, a los 150.000  trabajadores aproximadamente en nuestro país que fueron despedidos y se quedaron sin trabajo  y a las diversidades de género entre otras calamidades de la mano de las fraudulentas democracias en América Latina.

 

Algunos autores sostienen que fue Horowitz (1980)[2] el primero que analizó el genocidio como política estatal extrema para imponer su modelo ideológico político y social y a Helen Fein  (1984)[3] que utilizaba cuatro categorías  para analizar las masacres en masa como  genocidio  de desarrollo,   genocidios despóticos, vengativos e ideológicos.

 

Pero  cuando analizamos las formas de la democracia neoliberal en América Latina surgida de elecciones fraudulentas, nos referimos al llamado lawfare, a través del poder judicial y el mediafare, a través del poder mediático asociados al poder económico financiero. Dicho poder se utiliza para ocultar fundamentalmente el odio a los pobres, a las mujeres, a la diversidad de género, a las políticas sociales tendientes a la igualdad  y a la justicia social por eso debemos reflexionar sobre el lado oscuro de la democracia en nuestra región.

 

Si bien Bolsonaro  hizo explícito su odio a las mujeres, negros, pobres y homosexuales,  debemos reflexionar sobre qué pasó en Brasil, en Ecuador y en nuestro país con el poder judicial y mediático siguiendo el modelo de democracia liberal occidental y sus trampas para acabar con la dignidad de sus pueblos.

 

Acabar en masa con la dignidad del trabajo, y los derechos a la educación, a la salud pública, a las pensiones a la vejez y al trabajo  para favorecer a los grandes capitales sólo era imaginable a través de la fuerza represiva utilizada por las dictaduras frecuentes en América Latina durante el siglo XX. Sin embargo ahora sucede a través de un modelo pseudo democrático cuyo poder ideológico, económico  y vengativo  hace imposible para las grandes mayorías  su mínima calidad de vida, durmiendo en la calle, sin poder pagar  tarifas de gas, luz o transporte, ni llegar con un plato de comida a sus casas  es pasible de llamarse genocidio así como a una amplia violación de los derechos humanos así como la abolición de la dignidad conquistada.

 

También para el modelo económico ideológico implementado por el gobierno argentino  son prescindibles las empresas nacionales y el desarrollo productivo y tecnológico nacional abriendo las importaciones quebrando a los pequeños empresarios, destruyendo la investigación científico tecnológica  y beneficiando a los más poderosos sin importar donde depositan sus beneficios que son los paraísos fiscales.

 

Los límites de la democracia liberal occidental, surgida desde el “contrato social” donde se establecieron los derechos civiles se hacen cada vez más clara a partir de la masacre administrativa que se hace desde el poder y sus decisiones secretas, mientras se judicializan las decisiones políticas anteriores. A su vez el aparato burocrático judicial se hace cada vez más elitista y secreta,  alejado de las personas y los ciudadanos  mientras que la acumulación de poder político desde la administración central está en libertad de acción como para derogar leyes por decreto o poner por decreto  a una persona de sus propias filas partidarias como titular de la oficina anticorrupción que debería controlar las acciones gubernamentales.

 

 EL AVASALLAMIENTO DE LA DIGNIDAD HUMANA

 

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

 

Declaración Universal de Derechos Humanos

Artículo 1

 

 

A partir del holocausto y el fin de la segunda guerra mundial, comienza nuevamente la discusión y reflexiones sobre la dignidad humana.

 

Para Arendt  la dignidad humana requiere una nueva garantía fundada a partir de un nuevo principio político ya que el ideal kantiano había sido destruido y propone en Los orígenes del totalitarismo  como principio político “el derecho a tener derechos”[4].

 

Para Arendt [5] las declaraciones de derechos humanos son ficticias ya que identifica el derecho a la membresía y el derecho a vivir como miembro de una comunidad humana organizada soberana como los Estados nacionales.

Por eso, la dignidad humana sería para la filósofa el nuevo principio político que garantizaría “el derecho a tener derechos”.

 

Para comprender el avasallamiento actual de la dignidad humana  es necesario historizar sus características a través de las distintas realidades situadas en cada modelo económico, político y social y en cada época.

 

La democracia en época de globalización, no es la misma democracia que  en la antigua Grecia con esclavos ni  la democracia inaugurada por la revolución francesa o la democracia en el surgimiento de los Estados Unidos o las democracias que conservan la monarquía o los países con democracia social y tampoco en las democracias de América Latina . Cuando se intentaron modelos de democracias con libertad e igualdad y dignidad en nuestra región, vivimos el asalto al poder con golpes de estado y las dictaduras más cruentas.

 

Si bien el  Discurso sobre la dignidad del hombre o de la dignidad humana de Giovanni Pico della  Mirandola fue en 1486, e intentaba postular un discurso multicultural, en pleno siglo XXI la diversidad cultural de los pueblos, culturas y religiones se siguen avasallando para imponer el modelo occidental de capitalismo financiero.

 

EL CONCEPTO DE DIGNIDAD COMO UTOPÍA REALISTA

 

Habermas en su artículo El concepto de dignidad humana y la utopía realista de los derechos humanos[6] sostiene que  la reconstrucción histórica y conceptual de  tradiciones diferentes demuestra que el principio o idea de la dignidad humana sirve de “portal” a partir del cual el igualitarismo y universalismo de la moral se traslada al derecho.

 Cita para demostrarlo, el preámbulo de la Declaración universal donde se reafirma la “fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana” y la posterior Constitución de la República Federal Alemana que en su artículo 1  sobre los derechos fundamentales, sostiene que “la dignidad humana es inviolable”.

Es lo que Stefano Rodotá[7]  denomina actualmente  “La revolución de la dignidad” ya que el derecho “construye figuras sociales”, una verdadera antropología, un modelo de persona aún antes de manifestarse en las Constituciones[8] ya que después de la modernidad, la innovación de la posguerra fue el principio de dignidad así como el nacer libres e iguales. Es deber de cada poder estatal respetarla y protegerla. La dignidad diseña un “nuevo estatuto de la persona” así como la revolución de la igualdad fundaba la  modernidad, en la posguerra nace la revolución de la dignidad.

 

La revolución de la dignidad aparece ahora en la Carta de derechos fundamentales de la Unión Europea del año 2000, que comienza en su preámbulo diciendo: “Consciente de su patrimonio espiritual y moral, la Unión está fundada sobre los valores indivisibles y universales de la dignidad humana, la libertad, la igualdad y la solidaridad, y se basa en los principios de la democracia y del Estado de Derecho. Al instituir la ciudadanía de la Unión y crear un espacio de libertad, seguridad y justicia, situando a la persona en el centro de su actuación”[9].

Para Habermas, la dignidad constituye la “fuente” moral de la que todos los derechos fundamentales derivan su sustento.  Plantea que la dignidad tiene una función catalizadora en la construcción de los derechos humanos, en términos de una historia conceptual y a partir de la moral racional y, por otro lado, en la forma de derechos subjetivos.

Nos dice que si bien todo el  “mundo podía estar de acuerdo en que la dignidad humana era algo central”[10],  no dice por qué ni cómo.

Para él,  “las condiciones históricas cambiantes simplemente nos han hecho conscientes de algo que ya estaba inscripto desde el inicio en los derechos humanos: el sustrato normativo de la igual dignidad de cada ser humano que los derechos humanos únicamente precisan con más detalle”[11].

La Constitución de la República de Weimar de 1919, pionera en la implementación de los derechos sociales fundamentales, sirve para ejemplificar lo anterior: el artículo 151 habla de “alcanzar una vida digna para todas las personas”.

Cita también el artículo 22 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos que aboga  por garantías para los derechos económicos, sociales y culturales, de tal forma que todo individuo pueda vivir en las condiciones que son indispensables para su dignidad y el libre desarrollo de su personalidad.

Los derechos liberales, como el libre comercio y el libre ejercicio de la religión, fueron establecidos para prevenir la intromisión estatal en la esfera privada y constituyen, junto con los derechos democráticos de participación, el conjunto de los así llamados derechos civiles clásicos.

Pero también plantea que  “las experiencias de exclusión, maltrato y discriminación nos enseñan que los derechos civiles clásicos adquieren “igual valor” (Rawls) para todos los ciudadanos únicamente sólo cuando se complementan con derechos sociales y culturales.

La “dignidad humana” desempeña para el filósofo la función de un sismógrafo que registra lo que es constitutivo de un orden democrático legal. Y ello implica “aquellos derechos que los ciudadanos de una comunidad política deben concederse a sí mismos si son capaces de respetarse entre sí, como miembros de una asociación voluntaria entre personas libres e iguales. La garantía de estos derechos humanos da origen al estatus de ciudadano de quienes, como sujetos de iguales derechos, tienen la facultad de exigir ser respetados en su dignidad humana”[12].

Concluye que “la dignidad humana configura el portal a través del cual el sustrato igualitario y universalista de la moral se traslada al ámbito del derecho. La idea de la dignidad humana es el eje conceptual que conecta la moral del respeto igualitario de toda persona con el derecho positivo y el proceso de legislación democrático, de tal forma que su interacción puede dar origen a un orden político fundado en los derechos humanos. Los derechos humanos “se circunscriben de manera precisa sólo en aquella parte de la moral que puede ser traducida al ámbito de la ley coercitiva y transformarse en una realidad política mediante la fórmula robusta de derechos civiles efectivos”[13].

Finalmente sostiene que los derechos humanos “constituyen una utopía realista en la medida en que no proponen más imágenes engañosas de una utopía social que promete la felicidad colectiva, sino que fundan el ideal de una sociedad justa en las instituciones de los estados constitucionales”[14].

LOS GOBIERNOS NEOLIBERALES  EN AMERICA LATINA AVASALLAN LA DIGNIDAD DE SUS PUEBLOS PERO… FORMAN CONCIENCIA

Volviendo a la clasificación del genocidio de Michael Mann, en Nuestra América  el neoliberalismo produce en varias democracias, por su modelo ideológico político y social  masacres en masa como  genocidio  de desarrollo,   genocidios despóticos, vengativos e ideológicos. No sólo estamos viviendo el clasicidio, el politicidio y el etnocidio sino también el feminicidio,  el genocidio del futuro generacional a través del endeudamiento por cien años, el genocidio de la educación pública, la salud pública y el gerontocidio a través del recorte presupuestario y el trabajocidio. Todo ello podríamos clasificarlo como dignicidio humano ya que constituye una masacre en masa de la dignidad humana.

Para Habermas “la experiencia de violaciones a la dignidad humana ha desempeñado en muchos casos, y puede desempeñar aún, una función creativa: ya sea ante las insoportables condiciones de vida y la marginación de las clases sociales empobrecidas; o ante el trato desigual a hombres y mujeres en el lugar de trabajo, o la discriminación de extranjeros y minorías raciales, religiosas, lingüísticas o culturales; o también ante la terrible experiencia de mujeres jóvenes provenientes de familias inmigrantes que tienen que liberarse ellas mismas de la violencia de códigos de honor tradicionales; o, por último, ante la brutal expulsión de inmigrantes ilegales y solicitantes de asilo”.

Concluye que a través de este proceso, la intuición subyacente de la humillación labra su camino antes que nada en la conciencia de los individuos maltratados y, después, en los textos legales donde encuentra su articulación y elaboración conceptual.

En otras palabras podemos observar que las violaciones en masa de los derechos adquiridos y vivenciados en distintas épocas  generan conciencia y pueden crear nuevas leyes. La experiencia de la conciencia de la dignidad del trabajo de los derechos culturales, sociales o culturales ejercidos y conculcados no sólo produce conciencia sino también resistencia y capacidad de lucha de los sectores afectados y de quienes ideológicamente buscan la justicia social.

En su libro Desiguali, il lato oscuro del lavoro de reciente publicación el filósofo napolitano Ernesto Paolozzi,  sostiene que la democracia se puede separar tanto del liberalismo como del socialismo. Y propone un renovado socialismo democrático y liberal que pueda conjugar el reformismo con el más intransigente radicalismo en el terreno de la justicia social y la recuperación del valor del trabajo como elemento esencial para la afirmación de la dignidad humana. Una reconquista sobre el terreno tanto económico como moral.

Los pueblos no dejan de luchar por su libertad e igualdad buscando su dignidad. Más aun cuando son conscientes de los retrocesos en sus derechos, cuando se violan sus derechos o cuando son conscientes del derecho a tener derechos. Sus reclamos seguramente pasarán tarde o temprano de apotegma moral a su legalización y constitucionalización.

 

[1] Mann, Michael: El lado oscuro de la democracia, Universidad de Valencia, 2009, España

[2] Irving Louis Horowitz, Taking Lives: Genocide and State Power, Transaction Books, New Brunswick NJ 1980

 

[3] Helen Fein, Genocide. A Sociological Perspectives, Sage Pubblications, London-Newbury Park CA 1990

 

[4] Delgado Parra, Concepción: Los dilemas de la ciudadanía moderna y la dignidad de los derechos humanos, Gedisa, Barcelona, 2015

[5] Arendt, Hanna: Los orígenes del totalitarismo, Alianza, Madrid, 2006

[6] Habermas, J: The concept of human dignity and the realistic utopia of human rights, Metaphilosophy, internet

[7] Rodotá, Stefano (2014). El derecho a tener derechos. Madrid: Trotta.

 

[8] Ibídem

[9] ibidem

[10] ibidem

[11] ibidem

[12] ibidem

[13] ibidem

[14] ibidem

 

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