Un proyecto para ser nación Por Francisco José Pestanha [1]

” Debemos cuidar nuestros recursos naturales con uñas y dientes de la voracidad de los monopolios internacionales, que los buscan para alimentar un tipo absurdo de industrialización y desarrollo en los centros de alta tecnología a donde rige la economía de mercado”.
Juan Domingo Perón
Madrid, 21 de febrero de 1972

Semanas atrás —junto a Fabián Brown—publicamos un ensayo titulado Hacia un nuevo protagonista histórico [2] Nos propusimos allí cuestionar la categoría de «sujeto histórico» utilizada tradicionalmente en ámbitos académicos y universitarios, promoviendo su reemplazo por otra categoría «el protagonista histórico», emergida de la obra de Gustavo Cirigliano, como así también definir someramente las principales características de esta nueva categoría.

En el principio número uno enunciado en el libro Metodología del proyecto de país, —editado por Nueva Generación en el año 2002—el autor sostiene que «todo proyecto nacional, libera y moviliza reservas (población y recursos naturales hasta ese momento sin uso, marginados o conflictivos)». Para el autor, todo proyecto a iniciarse requiere de nuevos protagonistas que ingresen a la escena concertando —según sus expectativas— con las necesidades que el proyecto reconoce y a las que viene a dar respuesta.

Este primer aspecto referido a la liberación y movilización de reservas fue explicado en detalle en nuestro artículo anterior publicado por la revista Viento Sur. Lo relacionamos con la categoría de «protagonista histórico» a la que recurre Cirigliano, sosteniendo a nuestro criterio que en la actualidad se estaría gestando uno compuesto por un sector significativo de nuestra población integrado —por un lado— por la fuerza de trabajo organizada y, por el otro, por aquellos vastos y diversos grupos de nuestra comunidad que componen el proceso productivo bajo formas tradicionalmente no capitalistas, como las cooperativas, mutuales, grupos autogestivos y otras organizaciones libres del pueblo.

Pero, como enuncia Cirigliano, todo proyecto nacional a más de movilizar población también lo hace con los recursos naturales. En la Argentina que se avecina, uno de los principales desafíos radica en cómo dotara un país—dueño indudable de ingentes recursos naturales—de la facultad de negociar las condiciones de transacción o de transferencia de esos recursos, cuando se encuentra obligado a constreñir el despliegue de sus estrategias y, en consecuencia, provisto de una capacidad negociadora ostensiblemente disminuida.

En ese orden de ideas, ingresa aquí un dato significativo que nos vincula a la sanción de la reforma constitucional de 1994. Recordemos que en el artículo 124, aquella Constitución reconoce como titular originario de los recursos naturales a las provincias: «Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio». La consagración de tal titularidad forma parte de un lejano debate que se extiende más allá de los orígenes de nuestro Estado nacional, en el sentido de que si las provincias eran preexistentes a la nación, los recursos naturales—por añadidura—pertenecían a ellas bajo el argumento mismo de la preexistencia fundacional. Tal cuestión escaló en forma de disputa entre la nación y las provincias para llegar a los más altos ámbitos de la justicia argentina, es decir, hasta la Corte Suprema de Justicia circunstancia que intento superarse a través del artículo 40 de la entonces Constitución de 1949; este establecía que

La organización de la riqueza y su explotación tienen por fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden económico conforme a los principios de la justicia social. El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de los intereses generales y dentro de los límites fijados por los derechos fundamentales asegurados en esta Constitución. Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley, toda actividad económica se organizará conforme a la libre iniciativa privada, siempre que no tenga por fin ostensible o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia o aumentar usurariamente los beneficios.
Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias.

Desde el punto de vista del nuevo texto constitucional sancionado durante el primer peronismo —siendo el Estado Nacional el titular de los recursos enumerados— la responsabilidad negocial respecto a las condiciones de explotación y al valor de dichos recursos recaía, por mandato constitucional en el Estado mismo como totalidad y, por antonomasia, provisto de obtener las condiciones más beneficiosas en las negociaciones con las grandes empresas extractivas. Tal configuración revelaba una superioridad innegable frente a las que acontecerían a partir de 1994. Al reconocerle a las provincias la titularidad de los recursos —regulaciones aparte—en la actualidad recae en cada una de ellas la responsabilidad de la negociación. Por ello, las condiciones en que comercian en la actualidad resultan —por lo general— absolutamente desfavorables; no sólo para los intereses de ellas mismas, sino también para los intereses generales del país. Más aún, considerando las nuevas condiciones geopolíticas por las que atraviesa la humanidad ya la cada vez más creciente voracidad manifestada por la expansión del capital financiero hacia los negocios vinculados a la extracción, procesamiento y comercialización de los recursos naturales.

En el marco de la liberación y movilización de recursos que plantea Cirigliano resulta, con vistas de futuro, el imperativo de desarrollar un nuevo modelo de explotación, preservación y negociación de los frutos provenientes de suelos y mares —en especial los no renovables— lo cual, sin cuestionar lo ya consagrado por la Constitución de 1994, establezca un sistema de debate y de operatividad que bien podría constituirse a partir de la creación de una corporación nacional, aprobada por una mayoría especial de las cámaras o en su caso por una nueva reforma parcial de la Constitución. Sin perjuicio de ratificar el mandato supremo por el que los recursos constituyen propiedad de las provincias, se faculte a dicha corporación para negociar valores y condiciones, y sea dotada por añadidura de amplias facultades regulatorias. Una corporación en la que, además, tendrían participación todas las provincias del país de acuerdo con sus características, los recursos que poseen y estén disponibles para el intercambio según sea la prioridad de sus pueblos.

En síntesis, en relación con este primer principio enunciado por Cirigliano, podemos sostener que el nuevo protagonista histórico que se instituye fundamentalmente por los principios de cooperación y organización requiere como instrumento vital —a efectos de movilizar los recursos naturales— un sistema cooperativo-corporativo en el que intervengan las provincias, potenciando la capacidad negociadora del conjunto. Así, por el modo en que se disponen y se movilizan los recursos naturales, deberán por necesidad concentrarse en un organismo nacional con capacidad de negociación suficiente para poder establecer en lo posible, las condiciones más favorables para la adecuada transacción, disposición y transferencia.

Aunque no se lo reconozca explícitamente, la situación actual es en extremo desfavorable para las provincias. Un estado provincial —fortalecido por la temporalidad provisoria de una coyuntura— no se encuentra en condiciones de establecer una vinculación exitosa con grupos económicos plurinacionales que manejan varias veces el volumen de nuestro PBI. El principio fáctico que rige en la actualidad es el de la asimetría. Dicho de otro modo, se impone imprescindible un instrumento de negociación de tipo colectivo que aporte una genuina paridad a través de una corporación nacional que promueva regulaciones y, sobre todo, que establezca las condiciones necesarias para que la Argentina reivindique soberanamente sus condiciones de precio, de volumen y de control.

En uno de los corolarios del principio enunciado, cirgiliano afirma que: «todo proyecto nacional consagra (y aun sacraliza) los productos naturales que privilegia». Es decir, aparte de definirse el instrumento de regulación y negociación que tome a la Argentina como un todo indivisible, deberá establecerse claramente cuáles son los recursos naturales que van a someterse al intercambio en el mercado internacional y cuáles son aquellos que se reservarán para un futuro oportuno. Llegado a este punto, también se implica la idea de una acción estratégica, es decir, de no comprometer indefinidamente la totalidad de las reservas naturales disponibles, sino su inteligente dosificación, en orden a la propia capacidad de aportarle valor agregado nacional.

En el libro Metodología del proyecto de país, Cirigliano plantea adelante en un segundo principio que «todo proyecto nacional rehace o reorganiza su espacio físico-geográfico. Un nuevo proyecto supone haber observado nítida e intensamente el propio “cuerpo espacial” desde el ángulo de los nuevos valores y necesidades estratégicas». En este sentido, resulta de vital importancia tener en cuenta aquí que a principios del siglo XX—sobre todo a partir del año 1904 en que nuestros navíos empiezan a realizar las primeras expediciones hacia la Antártida—comienza a promoverse en la Argentina una consciencia de propagación territorial hacia el sur. Ese avance extensivo fue sistemático, creándose primero estaciones científicas, luego bases militares, estableciéndose en virtud de ello una proyección continental que determinó las aspiraciones argentinas sobre el territorio antártico, hecho que involucró también la inclusión de una amplia extensión oceánica.

Es decir, la Argentina del futuro, de la nación que viene, es una Argentina territorial, oceánica y bicontinental. Habrá que considerar e incorporar al espacio mental soberano a los mares en similares términos que al suelo. ¿Por qué? Primero por su biodiversidad, riqueza ictícola, alguicultura —incluidas las microalgas, entre las que se encuentra el fitoplancton— fuente de alimento e insumo creciente para la medicina y la industria. Segundo, por los recursos minerales existentes bajo el subsuelo marino.

Retomando la idea del asunto magno[3] del primer peronismo que también hemos tocado con anterioridad —la idea de extensión hacia la Antártida y por lo tanto la ponderación obligada de las riquezas del Continente Blanco y de su lecho submarino— dará lugar en 1946 a la primera cartografía de dimensión bicontinental. Es decir, «todo proyecto nacional —recapitulando a Cirigliano— rehace o reorganiza su espacio físico-geográfico»: el nuevo espacio físico sobre el que la Argentina se bosqueja es justamente la bicontinentalidad.

En orden y lógica consistencia, esta concepción se halla contenida en la Constitución de 1949. La Argentina encorsetada del proyecto del 80, circunscripta en su alcance a la pampa húmeda, abre paso a una clara y bien definida noción bicontinental, cuyo polígono con el territorio tradicional se torna completo con la Antártida y el océano. Hay un cambio paradigmático en la categoría: el territorio deseado, «todo proyecto nacional cambia el mapa, que es la expresión gráfica del espacio físico modificado…», agrega Cirigliano. La sanción del mapa biciontinental mediante la ley 26651 y otras acciones y logros diplomáticos constituyen un auspicioso aunque insuficiente avance en esta materia.

La continuidad de lo expresado se verifica solidariamente en el principio 4, donde:

Todo proyecto nacional se financia a sí mismo. Este principio — según Cirigliano— podría considerarse derivado porque se sostiene en el primero. Al movilizarse nueva población y nuevas riquezas o recursos materiales, el proyecto es financiado por el trabajo y la nueva riqueza incorporada (…). No es el dinero ajeno; es el propio trabajo y la propia riqueza liberada.

Como corolario de los dos principios anteriores—existe, primero, una liberación y movilización de las reservas humanas, esto significa entonces un reacomodamiento geopolítico y geoespacial de la Argentina, cuya coherente derivación implica además la generación de nuevas ciudades que avancen, sobre todo, hacia el sur de la Argentina, hacia la Antártida. Esto traerá aparejada la necesidad de movilizar nuevos recursos, nuevas inversiones orientadas, por ejemplo, hacia una mayor explotación —y control— de los recursos naturales marítimos, la creación de asentamientos permanentes en territorio antártico, el fortalecimiento de las ciudades patagónicas y el posible traslado de la capital al centro del país que —en esa nueva ubicación— se encontraría equidistante de la Isla Grande de Tierra del Fuego con otras regiones del territorio. Es decir, un corrimiento del eje que represente la verdadera proyección de la Argentina en orden a la continuidad austral de su plataforma submarina.

En tiempos de imperceptibles pero profundos cambios que vienen operándose en el sustrato mismo de la patria, bien vale concluir este pequeño aporte recordando las palabras del maestro tan recordado: «¿Qué se propone ser la Argentina? ¿O qué está siendo? Quizá hoy, antes que una propuesta explicita, esté realizando un proyecto “fáctico” (que se da de hecho), una hipótesis que se puede esquematizar del siguiente modo, oponiéndole una alternativa».
[1]  Francisco José Pestanha es Director del Departamento de Planificación y Políticas Publicas Unla. Escrito con la colaboración de Pablo Núñez Cortéz

[2] http://vientosur.unla.edu.ar/index.php/un-protagonista-historico-en-formacion/

[3]  http://vientosur.unla.edu.ar/index.php/asunto-magno/

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